¿Estás cerca de la edad de jubilación y no sabes qué modalidad elegir? ¿Conoces los diferentes tipos de jubilación en España? En este artículo te explicamos las principales opciones: jubilación activa, parcial, flexible, anticipada y demorada, con un resumen práctico y útil.
Recuerda que cada caso tiene matices legales, ¡asesórate siempre antes de tomar una decisión!
JUBILACIÓN ACTIVA
¡Para autónomos! Permite compatibilizar el 50% de la pensión (pagando el 8% de la cuota de solidaridad) con el trabajo.
Ahora, en vez del 50%, se cobra un % variable en función del tiempo de demora en causar la jubilación desde la edad ordinaria de jubilación
- Con 1 año de demora, se cobrará un 45% de pensión.
- En caso de 2 años de demora, se percibirá un 55%.
- 3 años de demora darán derecho a percibir un 65% de la pensión inicial total reconocida (antes de acogerse a la jubilación activa)
- 4 años de demora darán derecho a un 80% de pensión
- A partir del 5º año de demora, se tendrá derecho a percibir el 100% de pensión.
y ya no es necesario haber cotizado lo suficiente para obtener el 100% de la base reguladora (36 años y 6 meses para quienes se jubilen en 2025 y 2026) para acceder a la misma.
¡Se hace compatible con los incentivos por demora en la edad de jubilación!
Además, si tienes un trabajador contratado podrás cobrar el 75% de la pensión desde el inicio.
¿Ventaja? El trabajador elige cuánto trabaja.
JUBILACIÓN PARCIAL
Podrás trabajar reduciendo tu jornada del 25 al 50% (o el 75% si el contrato relevo fuera a jornada completa) y compatibilizarlo con el % de la pensión que te corresponda.
¿Ventaja? No se aplican los coeficientes reductores de la jubilación anticipada.
JUBILACIÓN FLEXIBLE
¡Para los jubilados que desean volver a trabajar! Consiste en que se vuelve a trabajar reduciendo en un % la pensión en proporción a la jornada de trabajo.
Permite trabajar entre el 25-50% de la jornada completa.
¿Ventaja? El tiempo de trabajo sumará cuando se recalcule el 100% de la pensión.
JUBILACIÓN ANTICIPADA
Permite jubilarte 2 años antes de la edad ordinaria de jubilación (¡ahora 3 con contrato relevo en los casos de jubilación anticipada parcial!).
Puede ser jubilación anticipada parcial reduciendo la jornada entre el 25 y el 75% sin necesidad de contrato relevo pero si anticipas más de 2 años el acceso a la jubilación la reducción de jornada del jubilado parcial durante el primer año será como mínimo un 20% y como máximo un 33% y si requerirá de contrato relevo.
Ojo porque se aplican coeficientes reductores.
¿Ventaja? El acceso antes de tiempo.
JUBILACIÓN DEMORADA
Hasta ahora únicamente se incrementaba el incentivo por demora de la edad de jubilación por cada año completo de demora que se cumplía en un 4%.
Ahora, a partir del segundo año de demora de la pensión de jubilación, el incentivo por demora de la edad de jubilación se incrementará en un 2%, o su equivalente en caso de cobro a tanto alzado o mixto, por cada período de demora superior a seis meses e inferior a un año.
¿Ventaja? El incremento de la pensión.
La elección entre los tipos de jubilación en España depende de tus circunstancias laborales, económicas y personales. Si eres autónomo y quieres seguir trabajando, la jubilación activa puede ser tu mejor opción. Para una transición gradual, considera la jubilación parcial o flexible. Si prefieres retirarte antes, la jubilación anticipada te permitirá hacerlo, mientras que si buscas maximizar tu pensión, la jubilación demorada es la más adecuada.
En Mi Asesoría estamos aquí para ayudarte a tomar la mejor decisión. Analizamos tu situación personal y te asesoramos sobre la modalidad de jubilación que más te conviene.


